Capota NC-RC rota
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Capota NC-RC rota
Bueno, pues así es, parece ser que se ha roto los mecanismos que levantan el alerón que hay detrás de la capota, el que se levanta para que se pueda plegar .
La broma asciende a la friolera de 2770€, estoy hablando con el concesionario que me vendió el coche, para ver si el año de garantía que tengo me cubre este "desperfecto", de no ser así, me temo que hasta que no consiga ahorrar el dinero, se quedara cerrada.
Ademas me han tenido que desconectar varios testigos del coche, ya que al no cerrar correctamente la capota, cada vez que metías una marcha sonaba un PIPIPIPIPIPI, que no paraba hasta que detenías el coche, he hecho casi 180 kms con el pitidito hasta que me lo cogieron en la Mazda.
Asi que nada, como no lo consiga gestionar mediante la garantia, me temo que la de Toledo sera la ultima salida que haga en muuuucho tiempo , hasta he planteado venderlo y que le den por......en fin, otra decepción mas que añadir a la lista, ya os iré contando.
La broma asciende a la friolera de 2770€, estoy hablando con el concesionario que me vendió el coche, para ver si el año de garantía que tengo me cubre este "desperfecto", de no ser así, me temo que hasta que no consiga ahorrar el dinero, se quedara cerrada.
Ademas me han tenido que desconectar varios testigos del coche, ya que al no cerrar correctamente la capota, cada vez que metías una marcha sonaba un PIPIPIPIPIPI, que no paraba hasta que detenías el coche, he hecho casi 180 kms con el pitidito hasta que me lo cogieron en la Mazda.
Asi que nada, como no lo consiga gestionar mediante la garantia, me temo que la de Toledo sera la ultima salida que haga en muuuucho tiempo , hasta he planteado venderlo y que le den por......en fin, otra decepción mas que añadir a la lista, ya os iré contando.
melomanoyo- conductor senior
- Fecha de inscripción : 03/06/2011
Re: Capota NC-RC rota
vaya guarrada Javi. Esos mecanismos son delicados, pero 2770€ me parece un robo. A ver si la garantia te lo cubre.
Un saludo y suerte.
Un saludo y suerte.
_________________
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NB2 1.6 Active Nordic Green Mica
And Jim Boemler said about the differences between NB2 and NC2 "They really are different cars, and I think of the NC2 as a better car in every way except looks. It's more "current" in looks, but to me that's not the same as "better". Anyway, while driving it you don't have to look at it... "
pepegema- conductor federado
- Fecha de inscripción : 20/10/2010
Re: Capota NC-RC rota
Hola Javi,menuda putadita,esperemos que te lo cubra la garantia,pero sea como sea no te encabrones,de verdad,no merece la pena
coco- conductor master
- Fecha de inscripción : 21/10/2010
Re: Capota NC-RC rota
Toco madera.
¿ Como es posible que no te lo arreglen?
Se podría investigar si es un defecto generalizado en los Rc.
¡ Suerte !
¿ Como es posible que no te lo arreglen?
Se podría investigar si es un defecto generalizado en los Rc.
¡ Suerte !
sanroque- conductor master
- Fecha de inscripción : 21/10/2010
Re: Capota NC-RC rota
Vaya mala suerte tio,con el tema garantia,si el concesionario se quiere escaquear,yo no estoy puesto en estos temas,pero tira mas para arriba bien asesorado,al margen,me parece una burrada la reparacion.
tonio 55- conductor master
- Fecha de inscripción : 10/02/2011
Re: Capota NC-RC rota
Hola
ya siento lo que te ha pasado
me podrías decir si ha sido un problema brusco o habías detectado algún síntoma previo?
te lo pregunto porque tengo un ruido tipo cloc,cloc cuando giro o cojo un bache en el lado izdo de mi capota
también en un NC RC
muchas gracias
Cesar
ya siento lo que te ha pasado
me podrías decir si ha sido un problema brusco o habías detectado algún síntoma previo?
te lo pregunto porque tengo un ruido tipo cloc,cloc cuando giro o cojo un bache en el lado izdo de mi capota
también en un NC RC
muchas gracias
Cesar
cbmadrazo- conductor novato
- Fecha de inscripción : 25/10/2010
drac- piloto profesional
- Fecha de inscripción : 20/10/2010
Re: Capota NC-RC rota
Uff vaya marrón que tienes
Espero que la garantia responda
estebitan- conductor federado
- Fecha de inscripción : 21/10/2010
Re: Capota NC-RC rota
Seguro que te lo arreglan en garantía , pues eso no son piezas susceptibles de desgaste .
Edu- conductor senior
- Fecha de inscripción : 22/10/2010
Re: Capota NC-RC rota
Buenas a todos, lo de las piezas, digamos que la pieza (alerón) que se levanta para poder plegar la capota lleva dos mecanismos para el izado, según el despiece que me enseño, que no caí en pedírselo , la pieza se pide completa, es decir, que si solo se te rompe una de las 10 piezas que la componen, es un decir, Mazda les envía todo el conjunto, no solo la pieza que este rota.
Según el presupuesto, la pieza se llama "Cubierta (D o I), Articulación", y el presupuesto es:
Derecha REF: NE52-R1-9LX, precio 1087,86€ sin IVA,
Izquierda REF: NE52-R1-9LY, precio 962,42€ sin el IVA,
mas 5 horitas de mano de obra, 5 X 60€= 300€,
total sin IVA=2350,28€,
IVA=423,05€,
TOTAL DE LA GRACIA= 2773,33€.
cbmadrazo, el ruido solo lo hacia al abrir o cerrar la capota, en marcha no se oía nada.
Os agradezco muchisimo a todos el interés, de verdad, la semana que viene me contestan de donde lo compre, en principio, y según reza en las clausulas de la garantía, salvo que intenten tiznar la avería de negligencia o mal uso, deben de arreglarlo, ya que como dice Edu, no es una pieza que se desgaste.
Al menos la compañía del seguro es MAPFRE, por lo que espero que al ser grande no ponga problemas, ademas el concesionario trabaja habitualmente con ellos, por lo que no creo que tengan ganas de que uno de sus clientes acabe en metiendoles a ambos en un juicio por este tema.
Muchisimas gracias a todos por los animos, os ire informando de las evoluciones.
Según el presupuesto, la pieza se llama "Cubierta (D o I), Articulación", y el presupuesto es:
Derecha REF: NE52-R1-9LX, precio 1087,86€ sin IVA,
Izquierda REF: NE52-R1-9LY, precio 962,42€ sin el IVA,
mas 5 horitas de mano de obra, 5 X 60€= 300€,
total sin IVA=2350,28€,
IVA=423,05€,
TOTAL DE LA GRACIA= 2773,33€.
cbmadrazo, el ruido solo lo hacia al abrir o cerrar la capota, en marcha no se oía nada.
Os agradezco muchisimo a todos el interés, de verdad, la semana que viene me contestan de donde lo compre, en principio, y según reza en las clausulas de la garantía, salvo que intenten tiznar la avería de negligencia o mal uso, deben de arreglarlo, ya que como dice Edu, no es una pieza que se desgaste.
Al menos la compañía del seguro es MAPFRE, por lo que espero que al ser grande no ponga problemas, ademas el concesionario trabaja habitualmente con ellos, por lo que no creo que tengan ganas de que uno de sus clientes acabe en metiendoles a ambos en un juicio por este tema.
Muchisimas gracias a todos por los animos, os ire informando de las evoluciones.
melomanoyo- conductor senior
- Fecha de inscripción : 03/06/2011
Re: Capota NC-RC rota
Vaya palo, melomano. Pero sobre todo, no te desanimes, nada de deshacerte del miata, tío.
Si es solo una pieza, busca en desguace con paciencia y seguro que algún taller manitas te la cambia con un presupuesto razonable. Los de la Mazda, si le vale, te mandan un coche entero de repuesto por 30000 €
Si es solo una pieza, busca en desguace con paciencia y seguro que algún taller manitas te la cambia con un presupuesto razonable. Los de la Mazda, si le vale, te mandan un coche entero de repuesto por 30000 €
bolido5- conductor senior
- Fecha de inscripción : 23/10/2010
Re: Capota NC-RC rota
Una cosa que no me cuadra, que tiene que ver Mapfre con una garantía oficial de Mazda ? Normalmente fabrica responde de los años legales de garantía y son las ampliaciones las que a veces se contratan con una compañia de seguro y tu coche tiene que estar todavía en garantía de fabrica o me equivoco
estebitan- conductor federado
- Fecha de inscripción : 21/10/2010
Re: Capota NC-RC rota
El coche no lo compre nuevo Estebitan, es de un concesionario Seat de Barcelona, y Mapfre es la aseguradora con la que te dan el año de garantía del coche, en los papeles del seguro dice que es un NEO PLUS, y según las coberturas que pone Mapfre en su web, me parece que me va a tocar meterme en juicios:
Artículo 9.- Exclusiones de la cobertura.
Además de las exclusiones genéricas del artículo 5, no quedan garantizadas por esta cobertura las
piezas, situaciones, operaciones y causas de avería, siguientes:
1. La sustitución, reparación o reglaje de piezas o elementos deteriorados por el desgaste debido
al uso normal del vehículo.
2. La sustitución, reparación o reglaje de piezas o elementos deteriorados por defectos de
fabricación o montaje reconocidos por el fabricante del vehículo.
3. La carrocería; los guarnecidos; la pintura; los sistemas de techos practicables, solares o
descapotables, incluidos sus mandos; los asientos; la tapicería; los tejidos de sellado y
tapicerías; las ruedas y neumáticos; las llantas; los cristales (térmicos o no); la luneta; las
escobillas limpiaparabrisas; los espejos retrovisores; las bombillas; las ópticas; los faros; los
pilotos; la rotura o fisura de lunas y faros; la bobina de faro; la batería; los fusibles; la caja de
fusibles; los discos; los tambores; las pastillas y los forros de freno; el escape; los tubos y
silenciadores del sistema de escape; los catalizadores; los amortiguadores; el embrague
(disco, maza y collarín); las bujías de encendido y de precalentamiento; el conjunto de bujías;
los racores; las correas; los rodillos; los conductos; los cables; los depósitos; los manguitos;
los pedales; la palanca de cambios; el freno de mano; los cinturones de seguridad; los equipos
y componentes de audio, audiovisuales, telefonía, y multimedia; el encendedor; los mandos a
distancia; las alarmas; el sistema de bloqueo de la dirección; los bombines de las cerraduras;
las tarjetas de arranque; el lector de tarjetas de arranque; las manillas; los filtros; sustancias de
llenado del circuito de aire acondicionado o climatizador; el carburante.
4. Los añadidos de lubricantes, refrigerantes, líquidos de frenos, y otros aditivos, excepto cuando
su pérdida haya sido consecuencia directa de una avería cubierta por esta Póliza de seguro.
5. Los gastos de mantenimiento normal de la carrocería y habitáculo, incluida la limpieza y
reparación de guarnecidos de asientos, a no ser que sea consecuencia de una avería cubierta
por esta Póliza de seguro.
6. Las operaciones periódicas de carácter preventivo o de mantenimiento así como los controles
y reglajes con o sin cambio de piezas. El equilibrado de las ruedas, control y reglaje del tren
delantero, los ajustes, las puestas a punto.
7. Los desperfectos como consecuencia de la instalación o de la utilización de equipamiento o
accesorios no montados originalmente, así como toda transformación del vehículo cuyas
características no sean las previamente fijadas por el constructor.
8. Las averías como consecuencia de seguir circulando cuando los indicadores señalen fallos en
el funcionamiento de los sistemas, o por el uso, accidental o no, de lubricantes o combustibles
inadecuados o en mal estado.
6
9. Los elementos deteriorados por falsa maniobra, accidente, robo, tentativa de robo, incendio,
explosión, acto de vandalismo o catástrofes naturales, así como las averías provocadas por
órganos no cubiertos por la presente Póliza.
10. Las averías consecuencia de negligencias o mala utilización del vehículo (sobrecarga,
competición, etc.), así como por congelación de los líquidos necesarios para su
funcionamiento.
11. Cualquier avería en caso de no haber realizado las operaciones de mantenimiento, según el
Plan de Inspección y Mantenimiento definido en el Artículo 8 de estas Condiciones Generales.
12. Aquellas averías que se hubieran manifestado con anterioridad a la suscripción del seguro,
tanto si fueron manifestadas por el Vendedor en el momento de la venta como si no lo fueron.
Ello incluye las que no pudieran haberse razonablemente ignorado por parte del Vendedor
mediante una inspección y prueba en condiciones normales.
13. Repetición de los trabajos de reparación o sustitución.
No se, ya no me gusta ni montarme en él...........
Artículo 9.- Exclusiones de la cobertura.
Además de las exclusiones genéricas del artículo 5, no quedan garantizadas por esta cobertura las
piezas, situaciones, operaciones y causas de avería, siguientes:
1. La sustitución, reparación o reglaje de piezas o elementos deteriorados por el desgaste debido
al uso normal del vehículo.
2. La sustitución, reparación o reglaje de piezas o elementos deteriorados por defectos de
fabricación o montaje reconocidos por el fabricante del vehículo.
3. La carrocería; los guarnecidos; la pintura; los sistemas de techos practicables, solares o
descapotables, incluidos sus mandos; los asientos; la tapicería; los tejidos de sellado y
tapicerías; las ruedas y neumáticos; las llantas; los cristales (térmicos o no); la luneta; las
escobillas limpiaparabrisas; los espejos retrovisores; las bombillas; las ópticas; los faros; los
pilotos; la rotura o fisura de lunas y faros; la bobina de faro; la batería; los fusibles; la caja de
fusibles; los discos; los tambores; las pastillas y los forros de freno; el escape; los tubos y
silenciadores del sistema de escape; los catalizadores; los amortiguadores; el embrague
(disco, maza y collarín); las bujías de encendido y de precalentamiento; el conjunto de bujías;
los racores; las correas; los rodillos; los conductos; los cables; los depósitos; los manguitos;
los pedales; la palanca de cambios; el freno de mano; los cinturones de seguridad; los equipos
y componentes de audio, audiovisuales, telefonía, y multimedia; el encendedor; los mandos a
distancia; las alarmas; el sistema de bloqueo de la dirección; los bombines de las cerraduras;
las tarjetas de arranque; el lector de tarjetas de arranque; las manillas; los filtros; sustancias de
llenado del circuito de aire acondicionado o climatizador; el carburante.
4. Los añadidos de lubricantes, refrigerantes, líquidos de frenos, y otros aditivos, excepto cuando
su pérdida haya sido consecuencia directa de una avería cubierta por esta Póliza de seguro.
5. Los gastos de mantenimiento normal de la carrocería y habitáculo, incluida la limpieza y
reparación de guarnecidos de asientos, a no ser que sea consecuencia de una avería cubierta
por esta Póliza de seguro.
6. Las operaciones periódicas de carácter preventivo o de mantenimiento así como los controles
y reglajes con o sin cambio de piezas. El equilibrado de las ruedas, control y reglaje del tren
delantero, los ajustes, las puestas a punto.
7. Los desperfectos como consecuencia de la instalación o de la utilización de equipamiento o
accesorios no montados originalmente, así como toda transformación del vehículo cuyas
características no sean las previamente fijadas por el constructor.
8. Las averías como consecuencia de seguir circulando cuando los indicadores señalen fallos en
el funcionamiento de los sistemas, o por el uso, accidental o no, de lubricantes o combustibles
inadecuados o en mal estado.
6
9. Los elementos deteriorados por falsa maniobra, accidente, robo, tentativa de robo, incendio,
explosión, acto de vandalismo o catástrofes naturales, así como las averías provocadas por
órganos no cubiertos por la presente Póliza.
10. Las averías consecuencia de negligencias o mala utilización del vehículo (sobrecarga,
competición, etc.), así como por congelación de los líquidos necesarios para su
funcionamiento.
11. Cualquier avería en caso de no haber realizado las operaciones de mantenimiento, según el
Plan de Inspección y Mantenimiento definido en el Artículo 8 de estas Condiciones Generales.
12. Aquellas averías que se hubieran manifestado con anterioridad a la suscripción del seguro,
tanto si fueron manifestadas por el Vendedor en el momento de la venta como si no lo fueron.
Ello incluye las que no pudieran haberse razonablemente ignorado por parte del Vendedor
mediante una inspección y prueba en condiciones normales.
13. Repetición de los trabajos de reparación o sustitución.
No se, ya no me gusta ni montarme en él...........
melomanoyo- conductor senior
- Fecha de inscripción : 03/06/2011
Re: Capota NC-RC rota
Entonces si no cubre nada de eso, ¿qué es lo que cubre este seguro ficticio?.
_________________
Un saludo.
drac- piloto profesional
- Fecha de inscripción : 20/10/2010
Re: Capota NC-RC rota
Hola Javier, lo primero no dejes que esto te afecte como para cogerle mania al coche, ha sido mala pata y ya está.
Yo conozco por experiencia ( mala ) estos seguros que utilizan los compra venta para ofrecer "un año de garantia " y por lo que leo en el clausulado lo tienes bastante crudo. Miralo si quieres con algún abogado, pero pone claramente que excluye "los sistemas de techos practicables, solares o descapotables, incluidos sus mandos;" . Yo me iría de cabeza a buscar la manera de arreglarlo de la forma más barata posible ( comprar las piezas por internet, desguace, etc y buscar un taller de confianza en el que te lo arreglen ) sin descartar lo de la denuncia.
Tambien debes plantearte que tu coche está nuevo y que esos 3000€ son amortizables. Otra cosa sería echarle 3000€ a un coche con 10 años.
Un saludo y no te desanimes.
Yo conozco por experiencia ( mala ) estos seguros que utilizan los compra venta para ofrecer "un año de garantia " y por lo que leo en el clausulado lo tienes bastante crudo. Miralo si quieres con algún abogado, pero pone claramente que excluye "los sistemas de techos practicables, solares o descapotables, incluidos sus mandos;" . Yo me iría de cabeza a buscar la manera de arreglarlo de la forma más barata posible ( comprar las piezas por internet, desguace, etc y buscar un taller de confianza en el que te lo arreglen ) sin descartar lo de la denuncia.
Tambien debes plantearte que tu coche está nuevo y que esos 3000€ son amortizables. Otra cosa sería echarle 3000€ a un coche con 10 años.
Un saludo y no te desanimes.
_________________
NC2 1.8 Style Brilliant Black Mica
NB2 1.6 Active Nordic Green Mica
And Jim Boemler said about the differences between NB2 and NC2 "They really are different cars, and I think of the NC2 as a better car in every way except looks. It's more "current" in looks, but to me that's not the same as "better". Anyway, while driving it you don't have to look at it... "
pepegema- conductor federado
- Fecha de inscripción : 20/10/2010
Re: Capota NC-RC rota
Habría que ver por Ley lo que obliga a un Compra-Venta a ofrecer de periodo de garantía y coberturas.
Otra cosa es que además se ofrezca una cobertura adicional con una Cía de Seguros, pero el Compra-Venta es quien ha de responder de primera mano de una serie de obligaciones. No se si son 6 o 12 meses según la antigüedad. Infórmate y Ponte en contacto con el Compra-Venta (mejor por escrito, burofax con acuse de recibo y contenido, unos 25 eur) para hacerle la reclamación, si te derivan al Seguro le dices que lo gestionen ellos, que para ti el único interlocutor y prestador de la garantía es el Compra-Venta.
Otra cosa es que además se ofrezca una cobertura adicional con una Cía de Seguros, pero el Compra-Venta es quien ha de responder de primera mano de una serie de obligaciones. No se si son 6 o 12 meses según la antigüedad. Infórmate y Ponte en contacto con el Compra-Venta (mejor por escrito, burofax con acuse de recibo y contenido, unos 25 eur) para hacerle la reclamación, si te derivan al Seguro le dices que lo gestionen ellos, que para ti el único interlocutor y prestador de la garantía es el Compra-Venta.
_________________
Un saludo.
drac- piloto profesional
- Fecha de inscripción : 20/10/2010
Re: Capota NC-RC rota
He encontrado esto:
* NOTAS PREVIAS A LOS MODELOS DE CONTRATOS:
El día 11 de septiembre de 2003 entró en vigor la Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, de acuerdo con la Directiva Europea 1999/44/C.
Al tratarse el automóvil de un bien eminentemente de consumo, esta Ley se aplica específicamente a éste, ampliando las garantías tanto al comprador de vehículos nuevos como al de usados, viniendo a recibir ambos una mayor protección en sus derechos.
El Texto Legal establece que todas las marcas de vehículos nuevos habrán de ampliar su garantía a dos años, si bien es cierto que antes de la entrada en vigor de la Ley, casi todas las marcas cubrían ese período de dos años o más, lo cual hacían más que apoyándose en la legislación que ahora rige, en una garantía comercial. Pero la novedad de esta Ley estriba en los vehículos de ocasión o usados que ven cubierta su garantía en un año, cuestión que antes de esta Ley era dudosa el derecho que los garantizaba.
Distingue también la Ley de Garantías aquellas Compra-Ventas de vehículos nuevos y usados que se realicen entre profesionales de aquellas otras que se realizan entre particulares, ya que en este caso no regirán los períodos de garantía de la Ley, tal y como establece el artículo 1, párrafo 2º que dispone lo siguiente: “ A los efectos de esta Ley son vendedores las personas físicas o jurídicas que, en el marco de su actividad profesional, venden bienes de consumo. Se consideran aquí bienes de consumo los bienes muebles corporales destinados al consumo privado.” De lo que se desprende que cuando una empresa o particular venda un bien de consumo al margen de su actividad profesional, no se aplicará esta Ley.
Por lo tanto, se aplicará el Código Civil a las Compra-Ventas de vehículos en las que intervengan particulares.
Podemos resumir como aspectos más relevantes de la Ley los siguientes:
• Garantía de dos años para vehículos nuevos y un año para vehículos usados.
• Ampliación de los plazos de reclamación de los compradores para ejercitar las acciones legales oportunas a tres años.
• La Garantía Legal puede ser ampliada con una garantía comercial, la cual deberá establecerse por escrito en documento.
• El vendedor profesional correrá no sólo con la reparación, sino también con los gastos que supongan el desplazamiento, la mano de obra y en su caso el perjuicio que pueda suponer la privación del uso del vehículo al comprador.
La presente Ley no tiene efectos retroactivos y afecta a las Compra-Ventas que se produzcan desde que la Ley es efectiva.
* NOTAS PREVIAS A LOS MODELOS DE CONTRATOS:
El día 11 de septiembre de 2003 entró en vigor la Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, de acuerdo con la Directiva Europea 1999/44/C.
Al tratarse el automóvil de un bien eminentemente de consumo, esta Ley se aplica específicamente a éste, ampliando las garantías tanto al comprador de vehículos nuevos como al de usados, viniendo a recibir ambos una mayor protección en sus derechos.
El Texto Legal establece que todas las marcas de vehículos nuevos habrán de ampliar su garantía a dos años, si bien es cierto que antes de la entrada en vigor de la Ley, casi todas las marcas cubrían ese período de dos años o más, lo cual hacían más que apoyándose en la legislación que ahora rige, en una garantía comercial. Pero la novedad de esta Ley estriba en los vehículos de ocasión o usados que ven cubierta su garantía en un año, cuestión que antes de esta Ley era dudosa el derecho que los garantizaba.
Distingue también la Ley de Garantías aquellas Compra-Ventas de vehículos nuevos y usados que se realicen entre profesionales de aquellas otras que se realizan entre particulares, ya que en este caso no regirán los períodos de garantía de la Ley, tal y como establece el artículo 1, párrafo 2º que dispone lo siguiente: “ A los efectos de esta Ley son vendedores las personas físicas o jurídicas que, en el marco de su actividad profesional, venden bienes de consumo. Se consideran aquí bienes de consumo los bienes muebles corporales destinados al consumo privado.” De lo que se desprende que cuando una empresa o particular venda un bien de consumo al margen de su actividad profesional, no se aplicará esta Ley.
Por lo tanto, se aplicará el Código Civil a las Compra-Ventas de vehículos en las que intervengan particulares.
Podemos resumir como aspectos más relevantes de la Ley los siguientes:
• Garantía de dos años para vehículos nuevos y un año para vehículos usados.
• Ampliación de los plazos de reclamación de los compradores para ejercitar las acciones legales oportunas a tres años.
• La Garantía Legal puede ser ampliada con una garantía comercial, la cual deberá establecerse por escrito en documento.
• El vendedor profesional correrá no sólo con la reparación, sino también con los gastos que supongan el desplazamiento, la mano de obra y en su caso el perjuicio que pueda suponer la privación del uso del vehículo al comprador.
La presente Ley no tiene efectos retroactivos y afecta a las Compra-Ventas que se produzcan desde que la Ley es efectiva.
_________________
Un saludo.
drac- piloto profesional
- Fecha de inscripción : 20/10/2010
Re: Capota NC-RC rota
Si lo has comprado a un Compra-Venta (tienes contrato?) y hace menos de 1 año, yo entiendo que lo tienes cubierto por éste y lo debes reclamar (vuelvo a decir, preferentemente por escrito).
Venga, anímate.
Venga, anímate.
_________________
Un saludo.
drac- piloto profesional
- Fecha de inscripción : 20/10/2010
Re: Capota NC-RC rota
Muchas gracias por la preocupación drac, sabiendo esto, al menos podre ponerles en su sitio si se niegan a hacerse cargo.
Como bien dices, según lo expuesto en la ley deben de hacerse cargo de la reparación, ya que lo compre en mayo, y espero que así sea.
El miércoles tengo que hablar con la persona que se ocupa de las garantías del concesionario, espero que me de buenas noticias.
Gracias nuevamente .
Como bien dices, según lo expuesto en la ley deben de hacerse cargo de la reparación, ya que lo compre en mayo, y espero que así sea.
El miércoles tengo que hablar con la persona que se ocupa de las garantías del concesionario, espero que me de buenas noticias.
Gracias nuevamente .
melomanoyo- conductor senior
- Fecha de inscripción : 03/06/2011
Re: Capota NC-RC rota
A por ellos Javier,esas clausulas escluyentes son tan abusivas (practicamente no aseguran casi nada de un vehiculo seminuevo), que es posible que puedan ser contempladas como fraude,por esa regla el techo es igualmente un elemento operativo de serie, como los elevalunas,con mucho menos uso que estos (e infinitivamente mas baratos) claro, si los contempla.es posible que el race o cea te vengan bien,suelen tener esperiencia en estos temas.
Última edición por tonio 55 el Lun 31 Oct 2011 - 18:48, editado 1 vez
tonio 55- conductor master
- Fecha de inscripción : 10/02/2011
Re: Capota NC-RC rota
aparte de todo esto, el coche tiene 2 años de garantía por ley, ¿Cuántos tiene el tuyo?
recoleto- conductor federado
- Fecha de inscripción : 21/10/2010
Re: Capota NC-RC rota
¿Que demonios cubre una garantía?, de piedra me he quedado al leer las exclusiones. Si el taller se niega yo iría a por ellos judicialmente. Tendrás asistencia jurídica en tu seguro ¿no?, consúltales.
Saludos y suerte.
Saludos y suerte.
Trastea- conductor master
- Fecha de inscripción : 04/06/2011
Re: Capota NC-RC rota
El coche es de principios de 2008, justo antes del restyling, por eso la casa ya se lava las manos.
Hoy he hablado con un amigo que es abogado, y me ha dicho que este tranquilo,la ley que puso drac, es la que rige los contratos de compra-venta, por lo que no cree que pongan pegas.
Eso si, si os ofrecen los seguros comerciales estos, huir como de la peste, esta claro que son puro marketing, es mas, deberia de ser ilegal llamarlos "seguros", y encima no son baratos, así que casi mejor que os lo descuenten del precio del coche, y os tomeis unas cañas.
Gracias a todos por el apoyo .
Hoy he hablado con un amigo que es abogado, y me ha dicho que este tranquilo,la ley que puso drac, es la que rige los contratos de compra-venta, por lo que no cree que pongan pegas.
Eso si, si os ofrecen los seguros comerciales estos, huir como de la peste, esta claro que son puro marketing, es mas, deberia de ser ilegal llamarlos "seguros", y encima no son baratos, así que casi mejor que os lo descuenten del precio del coche, y os tomeis unas cañas.
Gracias a todos por el apoyo .
melomanoyo- conductor senior
- Fecha de inscripción : 03/06/2011
buahh...
Lo siento javier, menua pua...animo y a por ellos...llenate de paciencia...por experiencia propia te diré que ami me rajaron la capota en veranoa principios...hizo todo lo que me dijeron vino elperito di el presupuesto lo hize todo...y aun no tengo na de na...
asi que animo y ve con la cosa de que rapido rapido no se va a resolver...asi te llevaras menos cabreos si lo sabes mas menos de antemano.
un saludo.
asi que animo y ve con la cosa de que rapido rapido no se va a resolver...asi te llevaras menos cabreos si lo sabes mas menos de antemano.
un saludo.
Re: Capota NC-RC rota
Cuidado con el temas de las garantías , porque la ley es muy ambigua y se pueden hacer bastantes lecturas ( os lo digo por la experiencia con los electrodomésticos).
Los bienes nuevos están amparados por una garantía de 2 años , pero a partir del 7º mes , es el comprador el que tiene que demostrar que ya existía esa avería , pero generalmente no tocan las narices y lo reparan .
El seguro de tu coche es para pasar el expediente que obliga la ley , así que lo que yo haría es ir donde lo compraste y que sean ellos los que lo reparen , pues LA LEY HACE RESPONSABLE AL VENDEDOR y que se peleen ellos con Mapfre .
Los bienes nuevos están amparados por una garantía de 2 años , pero a partir del 7º mes , es el comprador el que tiene que demostrar que ya existía esa avería , pero generalmente no tocan las narices y lo reparan .
El seguro de tu coche es para pasar el expediente que obliga la ley , así que lo que yo haría es ir donde lo compraste y que sean ellos los que lo reparen , pues LA LEY HACE RESPONSABLE AL VENDEDOR y que se peleen ellos con Mapfre .
Edu- conductor senior
- Fecha de inscripción : 22/10/2010
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